Legislación

En esta base de conocimientos, la referencia a ciertas disposiciones o artículos de una ley, partes de una sentencia judicial o aspectos de una práctica no implica que la ley, sentencia o práctica se consideren en su integridad un buen ejemplo o una práctica prometedora.

Algunas de las leyes que aquí se mencionan pueden contener disposiciones que autoricen la pena de muerte. Tomando en cuenta las resoluciones 62/14963/16865/206 y 67/176 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que piden el establecimiento de una moratoria del uso de la pena de muerte y su abolición final, la pena de muerte no debe incluirse en las disposiciones condenatorias por delitos de violencia contra las mujeres y niñas.

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Tipificación como delito de los crímenes cometidos en nombre del “honor”, los homicidios cometidos en nombre del “honor” y otros delitos conexos

Última editado: February 26, 2011

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  • Quienes redactan las leyes deben crear el delito de crimen cometido en nombre del “honor” y homicidio cometido en nombre del “honor”. Véase supra: Defining “Honour” Crimes and “Honour” Killings. Los legisladores deben garantizar que este tipo de crímenes son delitos no negociables, es decir, que deben enjuiciarse independientemente de que la víctima o su familia hayan retirado la denuncia o que las partes hayan llegado a un acuerdo privado. Las penas por los homicidios y crímenes de “honor” deben reflejar la gravedad del delito y ser equiparables a las previstas para otros delitos similares. Véase infra el apartado Sentencing Provisions.

CASO DE ESTUDIO: Pakistán

En algunas sociedades tribales pakistaníes se mantiene la concepción tradicional de que las mujeres son propiedad de los hombres de la familia y, por lo tanto, son una mercancía que puede venderse o intercambiarse. Véase Amnistía Internacional, Pakistán: Violencia contra las mujeres en nombre del honor (en inglés) (1999). Continúa pidiéndose el precio de la novia por las mujeres. Una mujer, e incluso niñas muy pequeñas, puede ser canjeada o entregada como parte del “dinero de sangre” necesario para resolver un conflicto familiar o tribal, como compensación para reparar el “honor” mancillado de un hombre, e incluso como parte de un acuerdo karo kari. Dado que en muchas sociedades tribales el “honor” de un hombre está ligado a su riqueza y sus posesiones, que incluyen a las mujeres y todos los bienes asociados a ellas, el hecho de que se siga considerando a las mujeres como posesiones valiosas fomenta un clima de tolerancia con la violencia contra las mujeres cuando una de ellas infringe una norma. Las leyes que tipifican como delito los homicidios y crímenes cometidos en nombre del “honor” deben reconocer el papel primordial que desempeña en estos delitos la comercialización de la mujer, y, tal y como señalamos anteriormente, deben exigir el enjuiciamiento del delito al margen de los acuerdos a que hayan llegado las partes.

La ley de Pakistán que prohíbe los crímenes cometidos en nombre del “honor” ha sido criticada por no disponer que estos crímenes sean delitos no negociables y por permitir que las “disputas” se solucionen como una cuestión privada entre el infractor y los herederos de la víctima, bien mediante el perdón (qisas) o el pago de una indemnización (diyat). Teniendo en cuenta la concepción tradicional de las mujeres como mercancías cuyo valor puede fijarse (como el precio de la novia o el dinero de sangre), y dado que a menudo el perpetrador del crimen de “honor” es también un familiar, existe una considerable preocupación por el hecho de que esta laguna permitirá que muchos de estos crímenes queden impunes y apenas tendrá efecto disuasorio sobre la comisión de estos delitos en Pakistán. Las iniciativas encaminadas a eliminar esta laguna fueron derrotadas en el Parlamento de Pakistán en 2005. BBC News, Pakistán rechaza el Proyecto de Ley de Protección de las Mujeres (en inglés) (2 de marzo de 2005).

  • Además, las leyes deben tipificar como delito otros delitos conexos cometidos para proteger o restituir el “honor” o concomitantes a la comisión de un crimen en nombre del “honor”. Estos delitos incluyen: asesinato, agresión, tortura, incesto, abuso sexual, violación, rapto, comprobación de la virginidad, inducción al suicidio, desalojo forzoso, muerte o lesiones por quemaduras en el hogar, matrimonio forzado, ataques con ácido, mutilación, y utilización de las mujeres y las niñas como compensación para reparar los delitos cometidos por otras personas o para resolver conflictos. Las leyes deben prohibir otros actos que a menudo se asocian con el “honor”, como la privación ilícita de libertad, las restricciones a la libertad de asociación, la denegación del acceso a documentos de identificación y cuentas bancarias, la negativa a garantizar la igualdad de derechos de hombres, mujeres y niñas en lo relativo a su estado civil personal, la libertad de asociación, la libertad de comunicación, y el acceso a la información. Los legisladores deben garantizar que las leyes sancionan al infractor, no a la víctima.
  • Las leyes deben permitir que los fiscales presenten varios cargos contra la persona acusada por todas sus conductas cuando el delito infringe diferentes leyes o cuando el delito consiste en diversos actos que pueden enjuiciarse de forma independiente entre sí.

(Véase: Buenas prácticas en legislación sobre “prácticas nocivas” contra la mujer (en inglés) de 2009, División de las Naciones Unidas para el Adelanto de la Mujer y Comisión Económica de las Naciones Unidas para África, 26-29 de mayo, 2009, pág. 18)