La legislación sobre la trata de personas debe aplicarse a todas las formas de trata de personas, sea ésta nacional o transnacional y esté o no relacionada con la delincuencia organizada. Véase: Convención de las Naciones Unidas sobre la Delincuencia Organizada Transnacional, art. 4; Protocolo de la ONU contra la Trata de Personas, art. 1, y Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos, cap. 1, art. 2. Todas las víctimas de trata, independientemente de su nacionalidad o su condición jurídica, tienen derecho a la protección de los organismos encargados de hacer cumplir la ley. Véase: Ley modelo contra la trata de personas, de la ONUDD, artículo 4, comentario.
La trata sexual puede afectar a ciudadanos extranjeros, a nacionales y a residentes permanentes legales de un país
Última editado: January 25, 2011