- Los legisladores deben prestar mucha atención a la terminología en las leyes sobre la tierra y al modo en que el público en general pueda interpretarla. Por ejemplo, en la legislación sobre la tierra y la vivienda de debe evitar utilizar términos como “cabeza de familia” y emplear mejor “hombres y mujeres” o “ambos cónyuges”. GLTN, Opciones de tenencia compartida para las mujeres (en inglés), 2005.
- La legislación debe proporcionar directrices de procedimiento para facilitar su aplicación efectiva, entre ella un modelo de certificado de titularidad con espacio para la firma de ambos cónyuges.
- Ejemplo: Los legisladores deben garantizar la aplicación efectiva de la legislación sobre la tierra en todas las etapas. La reforma jurídica de Vietnam de 2003 obliga a que en los certificados de derecho de uso de la tierra figuren los nombres de ambos cónyuges, pero en el certificado real que se proporciona no hay espacio para los dos. Debido a ello, sólo en el tres por ciento de los certificados aparecen ambos nombres. Véase: UN-HABITAT, Guía para Legisladores sobre los Derechos de la Mujer a Suelo, Propiedad y Vivienda en todo el Mundo, 2007. La consulta efectiva en el proceso de planificación y el monitoreo de la aplicación ayudarán a facilitar la igualdad de género en la reforma agraria y de la tenencia.
- Ejemplo: Los legisladores deben garantizar la aplicación efectiva de la legislación sobre la tierra en todas las etapas. La reforma jurídica de Vietnam de 2003 obliga a que en los certificados de derecho de uso de la tierra figuren los nombres de ambos cónyuges, pero en el certificado real que se proporciona no hay espacio para los dos. Debido a ello, sólo en el tres por ciento de los certificados aparecen ambos nombres. Véase: UN-HABITAT, Guía para Legisladores sobre los Derechos de la Mujer a Suelo, Propiedad y Vivienda en todo el Mundo, 2007. La consulta efectiva en el proceso de planificación y el monitoreo de la aplicación ayudarán a facilitar la igualdad de género en la reforma agraria y de la tenencia.
- La legislación debe prever la participación continua de las mujeres y las viudas en la planificación, aplicación y evaluación de las reformas relativas a la tierra y las leyes.
- La legislación debe exigir una representación proporcional de las mujeres en los órganos locales y nacionales de administración de la tierra. Debe prever la elaboración de directrices y reglamentos para estos órganos y garantizar que abordan la igualdad de las mujeres y las viudas.
Sensibilización pública
Las reformas deben realizarse también con programas de capacitación con que familiarizar a la ciudadanía, en especial a las mujeres, las viudas y los líderes tradicionales, con las leyes. La legislación debe proporcionar y apoyar la educación sensible al género de las autoridades competentes en cuestiones de tierras, los funcionarios, los líderes comunitarios, las mujeres y las viudas. Las actividades de sensibilización pública deben educar a las mujeres y los hombres sobre el derecho de las mujeres a la copropiedad y la gestión de las tierras en igualdad de condiciones con los hombres y sobre los procedimientos jurídicos necesarios. Este tipo de iniciativas educativas deben tomarse en consulta con las organizaciones de mujeres y con quienes realizan labores de promoción de los derechos de las mujeres
Descentralización y accesibilidad
- La legislación debe garantizar que los mecanismos de reforma y registro de la tierra son accesibles. Tales mecanismos deben ser sensibles al género, así como accesibles económica, geográfica y lingüísticamente para las mujeres y las viudas. Las leyes deben simplificar y descentralizar el registro y otros procedimientos de administración de la tierra y garantizar la existencia de procedimientos y actividades de información pública de ámbito local.
- Los legisladores deben evaluar las políticas aplicadas para determinar su impacto económico en las poblaciones vulnerables. Tienen que evaluar los costos de los procedimientos de administración de la tierra, tales como las tasas de registro, para determinar en qué medida impiden el acceso de las poblaciones desfavorecidas. Deben elaborar políticas de exoneración de tales pagos a las poblaciones indigentes y vulnerables, como las viudas.
Monitoreo
La legislación debe prever el monitoreo constante de la reforma de la legislación y la tierra y de su impacto en las mujeres y las viudas. Las leyes deben prever la existencia de un órgano de monitoreo de ámbito local y nacional para evaluar su aplicación y sus efectos en el derecho de las mujeres a la tierra. La legislación debe prever la recogida de datos, desglosados por indicadores como el sexo, el estado civil y la posición familiar. Véase: Monitoring of Laws on Violence against Women.