- La legislación debe definir, perseguir y castigar explícitamente la MGF. Aunque la mutilación genital femenina puede ser perseguida en virtud de la legislación penal general, como la que regula la agresión, o de medidas constitucionales, como las relativas a la igualdad o la protección frente a la violencia, para que la aplicación alcance la máxima eficacia, las personas que redactan las leyes deben crear legislación específica para la MGF. (Véase: Resolución del Parlamento Europeo, de 20 de septiembre de 2001, A5-0285/2001; Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de enero de 2008, 2007/2093 (INI), Resolución del Parlamento Europeo, de 24 de marzo de 2009 (2008/2071(INI)) P6_TA(2009)0161; Resolución 1247 del Consejo de Europa (en inglés), y Eliminar la mutilación genital femenina: Declaración interinstitucional (en inglés))
- La legislación debe ser redactada con todo cuidado para proteger a las víctimas reales y potenciales, muchas de las cuales son niñas muy jóvenes. La práctica de la MGF está envuelta en cuestiones relacionadas con el género, la posición social de la mujer y la identidad personal de la mujer. Aunque la práctica de la MGF es una violación de derechos humanos reconocida, no someterse a ella puede exponer a la mujer a otras formas de discriminación y daños. Así pues, aunque las leyes son un medio de fundamental importancia para eliminar la MGF, poner fin a esta práctica implica cambios más profundos en las normas sociales y en las creencias individuales.
- La acción del gobierno y la legislación deben adoptar múltiples formas e incluir a diversos grupos, como los servicios educacionales, jurídicos y de salud y los líderes culturales y religiosos, para que produzcan verdaderos cambios y pongan fin a la práctica de la MGF. “Aunque el uso de medidas legales debe considerarse con todo cuidado y usarse conjuntamente con otras iniciativas educacionales, las leyes pueden ser una herramienta útil para el cambio, al otorgar a las ONG y a los individuos una mayor influencia para persuadir a las comunidades de que abandonen la práctica.” Female Genital Mutilation: A Guide to Laws and Policies Worldwide, pág. 13.