Prohibición del uso de mecanismos tradicionales de resolución de conflictos que resulten nocivos

Última editado: January 26, 2011

Este contenido está disponible en

Opciones
Opciones

En muchos países siguen existiendo leyes que permiten la absolución de un perpetrador de violencia contra las mujeres si paga una indemnización a la víctima o su familia o si se casa con la víctima. Estas prácticas no sólo niegan la justicia a las mujeres víctimas/supervivientes, sino que también constituyen una práctica nociva en sí mismas. Es lo que ocurre con la práctica de la violación por venganza, en la que miembros de la tribu o familia de una mujer que ha sido violada se vengan violando a una mujer de la tribu o familia del perpetrador. O en los casos de matrimonio forzado en los que se obliga a una mujer violada a casarse con el perpetrador.

Estas prácticas nocivas de resolución de conflictos deben eliminarse y no deben excluir la actuación de la fiscalía. La legislación para eliminar prácticas nocivas debe:

  • exigir que las prácticas nocivas se investiguen y enjuicien plenamente, al margen de los acuerdos a los que hayan llegado la víctima, su familia o los infractores;
  • establecer que la responsabilidad de castigar la violencia contra la mujer recae en las autoridades del ministerio público y no en la víctima ni en su familia (véase: Manual de la ONU, pág. 42);
  • disponer la aplicación de políticas favorables a la detención y al enjuiciamiento (véase: Manual de la ONU, pág. 43); y