Orden de protección de emergencia o ex parte

Última editado: January 05, 2011

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  • La legislación debe crear una orden de protección de emergencia o ex parte como un aspecto fundamental de la ley sobre violencia doméstica. La orden de protección ex parte se basa en el supuesto de que la denunciante/superviviente está en peligro de sufrir daños inmediatos y debe ser protegida por el Estado. La seguridad de la denunciante/superviviente y sus hijos debe ser la prioridad más urgente de la legislación.

    Por ejemplo, la ley de Sierra Leona afirma en su artículo 12, parte III

1) Cuando se presente al tribunal una solicitud ex parte de orden de protección, el tribunal emitirá una orden de protección provisional si considera que la orden redunda en el mejor interés de la denunciante.
2) Para determinar si emitir una orden de protección provisional redunda en el mejor interés de la denunciante, el tribunal tendrá en cuenta:
a) si existe riesgo de daños a la denunciante o a un familiar o amigo de ésta si la orden no se dicta inmediatamente [...]

Práctica prometedora: La ley de Namibia exige en su artículo 7.1 que un tribunal emita una orden ex parte si el tribunal considera que se ha cometido un acto de violencia doméstica.

  • La legislación debe autorizar la emisión de una orden de protección de emergencia o ex parte basada en una orden judicial o policial, pero sin que sea necesaria una vista ante un tribunal. La denunciante/superviviente debe poder dirigirse al tribunal por sí misma para solicitar la orden de protección.
  • La legislación debe afirmar que la declaración de la denunciante/superviviente será suficiente para que el tribunal conceda la orden de protección de emergencia. No debe ser necesaria ninguna otra prueba.
  • La emisión de la orden de protección de emergencia debe producirse con gran rapidez para apoyar el objetivo de la seguridad de la víctima.

Por ejemplo, el artículo 18.1, capítulo 2, de la ley de Bulgaria afirma:  

Cuando la solicitud o petición contenga datos relativos a una amenaza directa e inminente para la vida o la salud de la víctima, el tribunal regional, actuando ex parte y en sesión a puerta cerrada, emitirá una orden de protección de emergencia en el plazo de 24 horas desde la recepción de la solicitud o petición.

  • Si la legislación permite que otros miembros de la familia o funcionarios encargados de hacer cumplir la ley u otros profesionales pertinentes, como los profesionales de servicios sociales, soliciten órdenes de protección de emergencia o ex parte en nombre de una denunciante/superviviente que sea competente, la legislación debe exigir que la denunciante/superviviente sea consultada. Véase: Apéndice del Código de Procedimiento Administrativo de Georgia (en inglés), artículo 21.12.

  • La legislación debe afirmar que la violación de la orden de protección de emergencia o ex parte es constitutiva de delito. Véase: ley de Georgia, artículo 10: “El incumplimiento de las condiciones prescritas en las órdenes de protección y restricción hará incurrir en responsabilidad penal al autor de los abusos”.

  • La legislación debe afirmar que recae en la policía y el ministerio público el deber de hacer cumplir la orden de protección de emergencia o ex parte. Véase: Manual de la ONU, 3.10.4; ley de Filipinas, artículo 30; y Violencia familiar: Modelo de código estatal (en inglés), artículos 305 y 306.

  • La legislación debe afirmar que las autoridades no podrán trasladar a una superviviente del hogar en contra de su voluntad.

  • La orden de emergencia o ex parte debe permanecer vigente hasta que entre en vigor la orden de protección a más largo plazo después de una vista judicial completa. La legislación debe estipular que, a petición del acusado, se programará sin demora una vista para revisar la solicitud y tomar una decisión acerca de si la orden debe continuar en vigor.