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Terminología y definiciones

Última editado: July 03, 2013

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  • Los diferentes trabajadores humanitarios han empleado terminologías distintas en sus políticas, directrices y programas relacionados con la violencia contra las mujeres y las niñas. En ocasiones la variación de esta terminología y de lo que significan los diferentes términos y/o cómo los interpretan los distintos actores puede llevar a confusión. Este módulo utiliza la terminología propia de la violencia contra las mujeres y las niñas, pero muchos de los recursos, herramientas y programas descritos en este módulo emplean una terminología distinta. El apartado siguiente desglosa brevemente los términos más comunes empleados en contextos humanitarios y relacionados con el problema de la violencia contra las mujeres y las niñas.

Violencia sexual y por motivos de género

Al principio, los primeros programas que abordaban la violencia contra las mujeres y las niñas afectadas por el conflicto se centraban en la exposición a la violencia sexual y se basaban principalmente en situaciones de refugiados. En 1996, el Comité Internacional de Rescate, en colaboración con el ACNUR, inició un proyecto titulado ‘Programa de violencia sexual y por motivos de género’ en campamentos de refugiados en Tanzanía. La inclusión del término ‘violencia por motivos de género’ reflejaba el compromiso de los proyectos con la lucha contra tipos de violencia alternativos a la violencia sexual que se hacían evidentes en esa situación, y en particular contra la violencia doméstica y las prácticas tradicionales nocivas. Empleado ya en la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer (DEVAW, 1993), en que la violencia contra las mujeres se describe como “todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino”, la “violencia por motivos de género” era un término ‘internacional’ cada vez más común empleado para describir un abanico de abusos a los que están expuestas las mujeres y las niñas a consecuencia de la discriminación contra ellas en culturas de todo el mundo dominadas por el sexo masculino.

 

Gran parte de las directrices y de los recursos mundiales originales que abordan la violencia contra las mujeres y las niñas en situaciones de conflicto emplean la terminología de la violencia sexual y por motivos de género. El ACNUR sigue empleando y apoyando oficialmente la fraseología de la violencia sexual y de género, cuya lógica se explica en su documento estratégico de 2011 sobre este tipo de violencia: “ACNUR utiliza conscientemente este último [el término ‘violencia sexual y de género’] para hacer hincapié en la urgencia de las intervenciones de protección que afronten el carácter penal y las consecuencias perjudiciales de la violencia sexual para las víctimas/sobrevivientes y sus familias” (Acción contra la violencia sexual y de género: una estrategia actualizada, ACNUR, 2011).

Violencia por motivos de género

A principios de la década de 2000, el Consorcio RHRC empezó a abogar por que los socios humanitarios emplearan el término ‘violencia por motivos de género’ en lugar de ‘violencia sexual y por motivos de género’, para dejar claro que la violencia sexual es un componente de la violencia por motivos de género, y no un asunto aparte. En 2005 el IASC adoptó oficialmente esta terminología en las Directrices para las intervenciones relacionadas con la violencia por motivos de género en las emergencias humanitarias. Las Directrices del IASC sobre la violencia por motivos de género presentan una definición de este tipo de violencia que es la más citada en situaciones de emergencia humanitaria: “Violencia por razón de género es un término amplio que describe cualquier acto perjudicial perpetrado contra la voluntad de una persona, y basado en diferencias (de género) sociales adscritas entre varones y hembras” (p. 7).

 

Las Directrices del IASC sobre la violencia por motivos de género subrayan que las mujeres y las niñas son las ‘primeras víctimas de este tipo de violencia’, y las propias directrices se centran en estrategias para abordar la violencia contra las mujeres y las niñas. Sin embargo, las Directrices del IASC reconocen que hombres y los niños también pueden ser víctimas de la violencia de género, y especialmente de la violencia sexual. Por consiguiente, la definición del IASC refleja una conceptualización del término más amplia que la que originalmente se articuló en la DEVAW; este paso del uso que hacía la DEVAW de ‘violencia por motivos de género’ como sinónimo de ‘violencia contra las mujeres’ a una definición ligeramente más amplia sigue dando pie a debates entre profesionales del ámbito humanitario acerca del alcance del término, así como sobre su utilidad al hacer referencia específicamente al problema de la violencia contra las mujeres. En algunos casos, las personas y las organizaciones emplearán el término "‘violencia por motivos de género’ para aludir a la violencia contra hombres y niños y/o a la violencia contra poblaciones LGBTI. Algunos trabajadores humanitarios emplean la terminología propia de la violencia contra las mujeres y las niñas para evitar cualquier tipo de confusión asociada con interpretaciones más amplias de la violencia por motivos de género. Asimismo, es posible que empleen la terminología de la violencia contra las mujeres y las niñas para evitar algunos de los problemas asociados con la traducción de la terminología de la violencia por motivos de género en contextos locales.

Violencia sexual relacionada con los conflictos

“La violencia sexual relacionada con los conflictos se refiere a incidentes o pautas de violencia sexual (a los efectos del listado de conformidad con la resolución 1960 [2010] del Consejo de Seguridad), es decir, la violación, la esclavitud sexual, la prostitución forzada, los embarazos forzados, la esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable que se cometa contra las mujeres, los hombres o los niños. Estos incidentes o pautas de comportamiento se producen en situaciones de conflicto o posteriores a los conflictos o en otras situaciones motivo de preocupación (por ejemplo, durante un enfrentamiento político). Además, guardan una relación directa o indirecta con el propio conflicto o enfrentamiento político, es decir, una relación temporal, geográfica o causal. Aparte del carácter internacional de los supuestos crímenes, que, dependiendo de las circunstancias, constituyen crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad, actos de genocidio u otras violaciones manifiestas de los derechos humanos, la relación con el conflicto puede ser evidente teniendo en cuenta el perfil y las motivaciones del autor, el perfil de la víctima, el clima de impunidad o la situación de colapso en que se encuentre el Estado en cuestión, las dimensiones transfronterizas o el hecho de que violen lo dispuesto en un acuerdo de cesación del fuego.” (Marco analítico y conceptual de la violencia sexual en los conflictos, 2011) La expresión ‘violencia sexual relacionada con los conflictos’ empezó a ser utilizada principalmente por actores de las Naciones Unidas para abarcar un abanico más amplio de violencia sexual relacionada directa e indirectamente con el conflicto, en lugar del término más restringido y, quizás, menos preciso ‘violencia sexual en los conflictos’.

 

Explotación y abuso sexuales

‘Explotación y abuso sexuales’ es una expresión empleada la mayoría de veces para aludir a abusos cometidos por trabajadores humanitarios contra poblaciones beneficiarias. ‘Protección contra la explotación y el abuso sexuales’ es otro término común que alude a la responsabilidad de los trabajadores humanitarios de adoptar códigos de conducta y otras medidas para limitar el grado de explotación y abuso sexuales en las operaciones humanitarias. El Boletín del Secretario General de las Naciones Unidas sobre medidas especiales de protección contra la explotación y el abuso sexuales (ST/SGB/2003/13) define la explotación y el abuso sexuales y plantea algunos de los elementos clave de la prevención. (Para más información sobre la explotación y el abuso sexuales, véase el apartado II sobre Protección contra la explotación y el abuso sexuales.) Es importante destacar que tanto la explotación sexual como los abusos sexuales pueden ser cometidos por trabajadores no humanitarios, y que el término general ‘violencia por motivos de género’ a menudo incluye referencias a estas formas de explotación sexual y/o abuso sexual. En general, a la hora de determinar si la terminología de la explotación sexual y/o los abusos sexuales hace referencia a los abusos perpetrados por trabajadores humanitarios, una regla básica consiste en establecer si se emplea o no el término concreto ‘explotación y abuso sexuales’.

  • Pese a que el término general descrito anteriormente puede ser de utilidad para describir un fenómeno general de violencia, al diseñar e implementar programas y políticas es importante reconocer y abordar las diferentes formas concretas de violencia para canalizar los esfuerzos con mayor eficacia. También es de importancia capital que la reunión y el análisis de datos dejen claros los tipos específicos de violencia sobre los que se informa. Para tal fin, el Proyecto de sistema de gestión de la información sobre la violencia de género ha desarrollado un sistema de clasificación de incidentes. (El sistema de gestión de la información sobre la violencia de género se describe en mayor profundidad en el apartado VII, en el capítulo Reunión de datos en y entre programas de respuesta.) El UNFPA también ofrece la siguiente matriz de definiciones en su Curriculum Guide for Managing Gender-based Violence Programmes in Humanitarian Settings, que se basan en el sistema de gestión de la información sobre la violencia de género.