Sinopsis

Última editado: December 21, 2011

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En todos los países el sector justicia es pluralista, lo cual significa que hay muchos mecanismos diferentes superpuestos para ofrecer a las personas la resolución de casos y remedios para las violaciones cometidas contra ellas. Algunos de esos mecanismos son “formales”, es decir sancionados por el estado y dentro de su competencia (por ej. tribunales nacionales); otros son “informales” y completamente fuera del control del Estado (por ej. prácticas comunitarias para la resolución de casos). Los mecanismos de justicia informal en particular, suelen reflejar actitudes tradicionales o predominantes de la comunidad hacia las mujeres y niñas víctimas de violencia y, en consecuencia, a menudo resultan en riesgos para la seguridad de las víctimas y brechas en la rendición de cuenta de los perpetradores. Otros mecanismos de justicia son una combinación de ambos (por ej. programas que obtienen el consenso de la comunidad sobre la sentencia para un perpetrador después que fuera hallado culpable en un tribunal formal). En un estado federal, los casos se pueden abordar a través de sistemas de justicia subnacionales, donde no son tratados con uniformidad legislativa en todo el país.

 

Los mecanismos de justicia más comunes

Cuando se habla de mecanismos de justicia en general se utilizan varios términos. Más adelante se ofrecen definiciones prácticas. No se trata de una lista exhaustiva de los tipos de mecanismos de justicia; solo es un conjunto de términos que se usan comúnmente, como referencia. Es importante tener en cuenta que los mecanismos judiciales de negociación, conciliación, mediación y reparación pueden ser perjudiciales en los casos de violencia contra las mujeres debido a los desequilibrios de poder y los riesgos a los que se exponen las mujeres cuando se encuentran con los agresores en las reuniones presenciales.

Negociación: Proceso mediante el cual las partes voluntariamente buscan un acuerdo aceptable para ambas que resuelva el caso.

Conciliación: Proceso mediante el cual una tercera parte se encuentra por separado con cada una de las partes de un caso para promover un acuerdo; suele ser el primer paso de otros procesos de resolución.

Mediación: Proceso mediante el cual una tercera parte neutral negocia la resolución de un caso. La parte mediadora, también conocida como facilitadora, no impone ninguna decisión ni solución.

Justicia reparadora: Proceso mediante el cual las sobrevivientes y los agresores, sus familias y representantes de la comunidad están todos involucrados en la respuesta que se da al daño causado por las acciones del agresor.

Algunos ejemplos de justicia reparadora incluyen los círculos de enjuiciamiento, conclave familiar, mediación y diálogo entre la sobreviviente y el agresor, círculos de paz, y otros programas que se focalizan en reparar las relaciones comunales y de otro tipo.

Arbitraje: Una tercera parte neutral escucha los argumentos de las partes y emite una decisión que se impone a través de los tribunales u otros mecanismo; está decisión puede ser vinculante o no.

Litigio: Proceso mediante el cual las partes presentan su caso ante un tribunal formal y siguen los procedimientos de ese tribunal para llegar a una resolución.

Juicio: Proceso mediante el cual el gobierno inicia y sigue una acción legal ante un tribunal formal contra una persona sospechosa de haber cometido un delito. El resultado puede ser que la persona acusada sea absuelta (se halla que no ha cometido el crimen o no existen suficientes pruebas de su culpabilidad) o que la persona sea hallada culpable y se le impone una sanción penal, tal como la encarcelación.

Fuentes: Instituto Nacional de Justicia de los EE.UU. 2007. Fundamental Concepts of Restorative Justice; Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional . 1998. Alternative Dispute Resolution Practitioners Guide.