Las minorías incluyen a los grupos que (Capotorti, 1977; Deschênes, 1985):
- Son menos numerosos que el resto de la población de un estado;
- No están en una posición dominante;
- Residen en el estado, siendo ya sea ciudadanos o un grupo con vínculos estrechos y de larga data con el estado;
- Poseen características étnicas, religiosas o lingüísticas que difieren de aquellas del resto de la población; y
- Muestran un sentido de solidaridad, aunque sólo sea implícito, dirigido hacia la conservación de su identidad colectiva distintiva.
Por lo general se reconoce que los grupos minoritarios incluyen minorías nacionales, étnicas, culturales, lingüísticas y religiosas, así como algunos inmigrantes, refugiados, pueblos indígenas y tribus. También es importante tener en cuenta que es más probable que las minorías sean discriminadas o marginalizadas y pueden desarrollar un aumento de lealtad hacia el grupo como resultado de las relaciones discriminatorias y marginalizadas dentro del estado.
Ver el Foro de las Naciones Unidas sobre los derechos de las minorías.
Ver información adicional sobre los derechos de las minorías de las Naciones Unidas.