Ayuda e instigación a la comisión de un suicidio

Última editado: March 01, 2011

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  • La legislación debe penalizar todo acto o intento de aconsejar, alentar, instigar o secundar de manera deliberada la comisión de un suicidio.
    • Ejemplo: El Código Penal de la India castiga la inducción al suicidio. En el artículo 306 se señala:

Si una persona comete suicidio, a quienquiera que haya instigado dicho suicidio se le condenará a una pena máxima de diez años de cárcel con o sin trabajos forzados y se le podrá imponer también una multa.

CASO DE ESTUDIO: En el caso Gopalan Nair Krishna Pillai v. State of Kerala (1988-3-Crimes 489), ocurrido en la India, el acusado había perpetrado abusos contra su esposa porque ésta no satisfacía sus exigencias de dote. Aunque la víctima cobraba un sueldo que cubría los gastos del hogar y había dado a luz a un hijo según los deseos de su esposo, éste seguía exigiéndole que pidiera dinero a sus padres y al resto de su familia. Tras la separación, el abogado del esposo negoció un acuerdo y aseguró a la mujer que podía sentirse segura. Sin embargo, el acusado siguió exigiéndole más dinero, que la mujer pedía a su madre. Al no recibir de inmediato el dinero exigido, el acusado continuó perpetrando abusos contra su esposa y ésta acabó suicidándose. El acusado fue declarado culpable de incitación al suicidio.

  • Los legisladores deben tener en cuenta que los asesinatos relacionados con dotes pueden disfrazarse de suicidios. Deben promulgar leyes en las que se castigue a quienes, con el fin de obstruir la acción de la justicia, cometan perjurio, conspiren, sobornen, intimiden, amenacen, engañen, perpetren actos de violencia o destruyan o manipulen pruebas o cadáveres. Véase: el epígrafe Obstruction of Justice, y Charles Doyle, Obstrucción de la justicia – Breve panorámica de las leyes penales federales sobre esta materia (en inglés), 2007. Asimismo, los legisladores deben considerar la posibilidad de crear una figura delictiva que haga hincapié en los casos en los que la muerte de una mujer tiene lugar en circunstancias anormales y tras un historial de violencia doméstica. Por ejemplo, en la causa Shanti v. State of Haryana (AIR 1991 SC 1226), el tribunal dictaminó que era irrelevante si la muerte se había debido a un suicidio o un asesinato, siempre y cuando se hubiera producido por causas no naturales. Una muerte consecuencia de un suicidio es de por sí una muerte por causas no naturales y por tanto, en el caso de la India, sería aplicable el artículo 304B del Código Penal (“Muertes por motivos de dote”), siempre y cuando se den también las demás condiciones, es decir, que el esposo o un pariente político de la víctima hayan perpetrado contra la mujer actos de crueldad u hostigamiento poco antes de su muerte y ésta haya tenido lugar menos de siete años después de la boda.
  • En lugar de limitar el plazo en el que la muerte debe ocurrir, la legislación debe hacer hincapié en el historial de violencia doméstica y en las circunstancias anormales de la muerte.