- La legislación debe prever la posibilidad de enjuiciamiento de los casos adecuados pese a la incapacidad o la falta de disposición de la denunciante/superviviente para testificar. Este enfoque garantiza la seguridad de la denunciante/superviviente sin dejar de ofrecer el apoyo del sistema de justicia penal. Véase: Manual de la ONU, 3.9.5. La legislación debe exigir que el ministerio público considere todas las pruebas de un caso que puedan apoyar o corroborar la declaración de la denunciante/superviviente, incluidas las pruebas de un historial de abusos.
- En la legislación se deben abordar las exigencias de dote que hayan tenido como resultado la muerte de la víctima y establecer la admisibilidad en estos casos de las declaraciones in articulo mortis y las directrices por las que deben regirse. En la India, por ejemplo, la Ley sobre Pruebas permite la presentación de declaraciones formuladas verbalmente o por escrito por una persona que haya fallecido, a la que no se pueda localizar o que no esté en condiciones de prestar testimonio como un hecho pertinente en los casos relacionados con la causa de una muerte:
Cuando una persona haya formulado una declaración sobre la causa de su muerte o sobre cualquier otra circunstancia del proceso que comportó su muerte y se trate de dilucidar la causa de la muerte de dicha persona, la mencionada declaración se considerará pertinente con independencia de que la persona que la formuló pensara o no que iba morir en el momento de hacerla y sea cual sea el procedimiento en el que se trate de dilucidar la causa de su muerte (artículo 32).
- Además, el artículo 157 (“Posibilidad de admitir a examen declaraciones de testigos para corroborar testimonios posteriores sobre un mismo hecho”) permite la admisión de de una declaración formulada in articulo mortis:
A fin de corroborar la declaración de un testigo sobre un hecho, se podrá admitir a examen toda declaración formulada anteriormente por el testigo sobre dicho hecho alrededor de la fecha en que sucedió el hecho o ante una autoridad legalmente competente para investigarlo.
(Véanse los apartados Duties of Police Officers y Evidence)