- Quienes redactan las leyes deben garantizar que se exige el registro de nacimientos, matrimonios y defunciones como medio para obtener información sobre los matrimonios y las edades de los contrayentes. Los legisladores deben velar por que se exija el registro de todos los matrimonios, incluidas las uniones civiles y consuetudinarias. La información recabada a través de los sistemas de registro debe utilizarse para monitorear la norma sobre edad mínima para contraer matrimonio y facilitar su cumplimiento, además de servir para recopilar estadísticas sobre matrimonios.
- Los matrimonios polígamos son especialmente problemáticos para los sistemas de registro. En los Estados en donde la poligamia es ilegal, puede que los contrayentes no registren sus matrimonios adicionales por esa razón. Los legisladores deben garantizar que las leyes exigen a los dirigentes religiosos que celebran ceremonias matrimoniales la verificación en primer lugar de que la pareja dispone de una partida de matrimonio expedida por el gobierno que les permite casarse. El presidente tayiko, por ejemplo, dictó una orden verbal para modificar la Ley sobre Tradiciones de 2007, según la cual los mulás están obligados a exigir una partida de matrimonio civil antes de celebrar una ceremonia matrimonial nikoh o nikkah. La educación de la ciudadanía, la divulgación y el monitoreo son fundamentales para facilitar el cumplimiento de este requisito. Véase: Los votos matrimoniales no siempre son suficientes en Tayikistán (en inglés), Institute for War and Peace Reporting, 2009. Quienes redactan las leyes en países en los que la poligamia se sigue practicando de modo encubierto deben modificar los requisitos de registro de matrimonios para permitir que una esposa pueda registrar su matrimonio independientemente de su esposo.
- Si quienes redactan las leyes deciden adoptar legislación similar a la de Sierra Leona, deben velar por que el proceso de registro de matrimonios exija a ambos contrayentes que hagan constar su fecha de nacimiento, a fin de garantizar que tienen la edad mínima exigida por ley para contraer matrimonio. Los legisladores deben establecer medios alternativos de validación de la edad –declaraciones juradas de testigos, partidas de bautismo, historiales médicos o expedientes escolares– para aquellos casos en que no haya partidas oficiales de nacimiento.
- Además, las leyes deben tener en cuenta el índice de analfabetismo, que puede impedir a los contrayentes registrar sus matrimonios. Quienes redactan las leyes deben disponer la posibilidad de un registro oral y una firma alternativa (por ejemplo, la huella dactilar), y establecer que la sociedad civil disponga de formación y recursos económicos para prestar asistencia gratuita en los registros de matrimonios consuetudinarios.
En Estados Unidos, los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades, del Departamento de Salud y Servicios Humanos, han elaborado un Manual sobre registro de matrimonios (disponible en inglés) que puede servir de modelo.