Definición de otras formas de matrimonio forzado: herencia de la esposa, levirato y sororato

Última editado: January 28, 2011

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Quienes redactan las leyes deben garantizar que prohíben la discriminación de las mujeres y las niñas y condenan las prácticas discriminatorias. Las leyes deben prohibir y sancionar todas las formas de herencia de la esposa, levirato y sororato. El levirato es el matrimonio forzado de una viuda con el hermano de su esposo fallecido; el sororato consiste en el matrimonio forzado de la hermana de una mujer fallecida o infértil para casarse o mantener relaciones sexuales con su cuñado (viudo o esposo de su hermana). En concreto, las leyes deben prohibir toda institución o práctica que permita que una viuda sea dada en herencia a otra persona o que obligue a una viuda o hermana a casarse con su cuñado u otro familiar. Además, las leyes deben sancionar a quienes cooperan con estos tipos de matrimonios forzados o los autorizan, y garantizar la igualdad de hombres y mujeres ante la ley, especialmente la capacidad jurídica para ejercer esa capacidad en asuntos civiles. Las leyes deben garantizar la igualdad de hombres y mujeres en lo que respecta al matrimonio, incluido el mismo derecho a contraer matrimonio, a elegir libremente al cónyuge y a la disolución del matrimonio. (Véase: el maltrato a las viudas; agresión sexual; véase: leyes y prácticas consuetudinarias que entran en conflicto con las leyes oficiales)

Quienes redactan las leyes deben abordar la discriminación de las mujeres en lo relativo a sus hijos y eliminar las leyes y prácticas que retiran a la viuda la custodia de sus hijos sin que medie una resolución judicial que determine cuál es el interés superior del menor. Además, deben garantizar la igualdad de derechos y responsabilidades de hombres y mujeres con respecto a las cuestiones relativas a sus hijos, como la custodia, la tutela, la administración fiduciaria y la adopción. Las leyes deben garantizar que, al morir su esposo, las viudas adquieren automáticamente la guarda de sus hijos, salvo que el interés superior de los menores recomiende lo contrario. En concreto, las leyes deben prohibir que se separe a un menor de su progenitor salvo que una autoridad judicial haya determinado que esa separación conviene al interés superior del niño o la niña.

(Véase: el maltrato a las viudas)