Definición clara y precisa de la mutilación genital femenina

Última editado: October 29, 2010

Este contenido está disponible en

Opciones
Opciones

Clasificaciones

La legislación debe afirmar que la MGF es un acto de violencia física contra la integridad corporal de la persona. Debe articular claramente los tipos de MGF, incluyendo:

  • Tipo I: Resección total o parcial del clítoris y/o del prepucio del clítoris (clitoridectomía).
  • Tipo II: Resección total o parcial del clítoris y de los labios menores, con o sin escisión de los labios mayores (escisión).
  • Tipo III: Estrechamiento del orificio vaginal para crear un sello mediante el corte y la recolocación de los labios menores y/o los labios mayores, con o sin resección del clítoris (infibulación y reinfibulación).
  • Tipo IV: Todos los demás procedimientos nocivos para los genitales femeninos con fines no médicos; por ejemplo: punción, perforación, incisión, raspado, cauterización e inserción de sustancias nocivas en la vagina.

(Véase: Eliminar la mutilación genital femenina: Declaración interinstitucional (en inglés), de OACNUDH, ONUSIDA, PNUD, CEPA, UNESCO, UNFPA, ACNUR, UNICEF, UNIFEM, OMS, publicada por la OMS en 2008)