Toda ley sobre matrimonio forzado y de niños debe basarse en los siguientes elementos clave:
- El libre y pleno consentimiento de los contrayentes;
- Una edad mínima para el matrimonio fijada en los 18 años para ambos contrayentes;
- El reconocimiento y la prohibición de diversas formas de matrimonio forzado y prácticas nocivas conexas, como matrimonio de niños, situaciones de esclavitud sexual y trabajo forzado, rapto de novias, trata de mujeres y niñas, herencia de la esposa, matrimonio para pagar una deuda o sellar un acuerdo, en matrimonios internacionales y poligamia;
- Un sistema de registro de todos los matrimonios, nacimientos y defunciones;
- Otorgar a las personas que contraen matrimonio consuetudinario o religioso la misma condición jurídica que a quienes contraen matrimonio civil;
- Sanciones penales por violación de la ley;
- Recursos civiles para las víctimas;
- Los efectos legales del matrimonio forzado o de niños (anulación automática o derecho al divorcio);
- Campañas de educación pública sobre derechos humanos, derechos de las mujeres y leyes sobre matrimonio forzado y de niños, encaminadas a la concienciación en zonas urbanas y rurales; y
- Formación sobre normas de derechos humanos relativas al matrimonio forzado y de niños para todos los organismos relevantes; el sector jurídico, incluidos jueces, fiscales y responsables de hacer cumplir la ley; abogados; servicios sociales; el sector de la enseñanza y organismos de apoyo del tercer sector.