Legislación

En esta base de conocimientos, la referencia a ciertas disposiciones o artículos de una ley, partes de una sentencia judicial o aspectos de una práctica no implica que la ley, sentencia o práctica se consideren en su integridad un buen ejemplo o una práctica prometedora.

Algunas de las leyes que aquí se mencionan pueden contener disposiciones que autoricen la pena de muerte. Tomando en cuenta las resoluciones 62/14963/16865/206 y 67/176 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que piden el establecimiento de una moratoria del uso de la pena de muerte y su abolición final, la pena de muerte no debe incluirse en las disposiciones condenatorias por delitos de violencia contra las mujeres y niñas.

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La no discriminación debe incorporarse a todos y cada uno de los principios y disposiciones

Última editado: January 25, 2011

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La legislación debe prohibir la discriminación por todo motivo, incluidos: la raza, el color, la religión, las creencias, la edad, la situación familiar, la cultura, el idioma, la etnia, el origen nacional o social, la ciudadanía, el género, la orientación sexual, las opiniones políticas o de otro tipo, la discapacidad, el patrimonio, el nacimiento, la situación de inmigración, el hecho de que la persona haya sido objeto de trata o haya participado en la industria del sexo, o cualquier otra condición. Véase: Ley modelo contra la trata de personas, de la ONUDD, art. 3.2, comentario; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), art. 2, párrafo 1; Protocolo de la ONU contra la Trata de Personas, art. 14, y Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos, preámbulo.