Definición de agresión sexual y otros elementos

Última editado: January 08, 2011

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Definición de agresión sexual 

En toda definición de agresión sexual se debe indicar que:

  • Es un acto de violencia física o sexual contra una persona.
  • Es una violación de la integridad personal y la autonomía sexual de una persona. 

Por ejemplo, en el artículo 349 del Código Penal (en inglés) de Papua Nueva Guinea, promulgado en 1974, se afirma:

1) Una persona que sin el consentimiento de otra:
a
) toque, con cualquier parte de su cuerpo, las partes íntimas de esa otra persona, u
b) obligue a esa otra persona a tocar, con cualquier parte de su cuerpo, las partes íntimas de la persona acusada,
incurrirá en un delito de agresión sexual.

  • No se requieren pruebas de uso de la fuerza. Véase infra Element of force.
  • No se requieren pruebas de penetración.
    Por ejemplo, en el Código Penal (en inglés) de Turquía, promulgado en 2004, se incluyen dos categorías de delitos contra la integridad sexual; una no entraña penetración y la otra sí:

    Delitos contra la integridad sexual; agresión sexual

    ARTÍCULO 102 – 1) A la persona que viole la integridad física de otra mediante una conducta sexual se le impondrá una pena de entre dos y siete años de cárcel siempre y cuando haya una denuncia de la víctima.

    2) Cuando el acto se perpetre mediante la inserción de un órgano o un objeto similar en el cuerpo, se impondrá al agresor una pena de entre 7 y 12 años de cárcel.

CASO DE ESTUDIO: El caso Akayesu (1998) amplía la definición de violencia sexual

En el caso Akayesu, el Tribunal Penal Internacional para Ruanda declaró a un funcionario ruandés, por su actuación y su inacción en el desempeño de su cargo, culpable de la violación en masa, la desnudez pública forzada y la mutilación sexual de mujeres tutsis.

El Tribunal formuló una definición de violación más amplia que la recogida en la legislación nacional, así como la siguiente definición exhaustiva de violencia sexual: “[…] cualquier acto de naturaleza sexual que se comete contra una persona en circunstancias coercitivas. La violencia sexual no está limitada a la invasión física del cuerpo humano y puede incluir actos que no impliquen la penetración ni siquiera el contacto físico” (párr. 688).

 

Elemento de fuerza

La legislación sobre agresión sexual no debe incluir el requisito de fuerza o violencia. La violación con fuerza debe abordarse en una norma distinta. Véase infra: Aggravating circumstances.

 

Circunstancias atenuantes

En la legislación se debe dejar claro que no es una defensa que el agresor creyera que la persona superviviente era mayor de edad; tampoco es una defensa el consentimiento de una persona menor de edad ni que el agresor se encontrara bajo los efectos de alguna sustancia. Véase Estrategias Modelo (en inglés), 7.e, pág. 34.

 

Declaraciones falsas relacionadas con agresiones sexuales

En la legislación no se debe incluir una disposición que penalice las declaraciones falsas relacionadas con violaciones o agresiones sexuales. Este tipo de disposiciones disuaden en gran medida a las víctimas de denunciar los hechos. Además, en algunos Estados se puede acusar después a la víctima de conducta sexual extramatrimonial. Las denuncias falsas suelen abordarse en otros campos de la legislación de un Estado.

(Véase  Leyes sobre violencia por motivos de género en el África subsahariana (en inglés), pág. 43)