Legislación

En esta base de conocimientos, la referencia a ciertas disposiciones o artículos de una ley, partes de una sentencia judicial o aspectos de una práctica no implica que la ley, sentencia o práctica se consideren en su integridad un buen ejemplo o una práctica prometedora.

Algunas de las leyes que aquí se mencionan pueden contener disposiciones que autoricen la pena de muerte. Tomando en cuenta las resoluciones 62/14963/16865/206 y 67/176 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que piden el establecimiento de una moratoria del uso de la pena de muerte y su abolición final, la pena de muerte no debe incluirse en las disposiciones condenatorias por delitos de violencia contra las mujeres y niñas.

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Demandas civiles por daños y perjuicios

Última editado: January 05, 2011

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  • La legislación debe permitir que las denunciantes/supervivientes entablen demandas civiles contra los autores de violencia doméstica que sean miembros de la familia, independientemente de los cargos penales. Véase: Manual de la ONU, 3.12.1; Marco modelo de la ONU, parte VI; y ley de Ghana.
  • La legislación debe permitir que las denunciantes/supervivientes entablen demandas civiles contra las personas o entidades estatales que no hayan prevenido, investigado o castigado los actos de violencia doméstica. Véase Gonzáles vs. Estados Unidos; y Manual de la ONU, 3.12.2.

    En Gonzáles vs. Estados Unidos, de 2007, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró admisible el caso para una audiencia de méritos porque la demandante había agotado todos sus recursos legales de acuerdo con la legislación de los Estados Unidos, y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre exige que los Estados Unidos protejan a las víctimas de violencia doméstica de actos de violencia cometidos por particulares. La audiencia de méritos se celebró en Washington, D.C., Estados Unidos, el 22 de octubre de 2008, un año después de la decisión de admisibilidad. Hasta la fecha no se ha dado a conocer decisión alguna sobre los méritos.