Acoso sexual en el deporte

Última editado: October 29, 2010

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El acoso sexual en el deporte tiene características únicas debido a la relación de poder que se establece con los entrenadores y a la necesaria atención que se presta al cuerpo de las personas que pratican deporte. Es más, las novatadas en el deporte pueden dar lugar a situaciones de acoso sexual. El reconocimiento del acoso sexual en el deporte ha llegado a los máximos niveles. En 2007, el Comité Olímpico Internacional hizo pública una Declaración de Consenso en la que afirmaba:

[...] tanto el acoso como el abuso sexuales se producen en cualquier deporte y a cualquier nivel, y parece ser que con mayor frecuencia en el deporte de élite. Los miembros del entorno del atleta que ocupan puestos de poder y autoridad suelen ser los principales autores, aunque los compañeros de los atletas también suelen identificarse como autores y normalmente son con más frecuencia personas del sexo masculino que del sexo femenino. […] La investigación demuestra que el acoso y abuso sexuales en el deporte pueden afectar de forma grave y negativa a la salud física y psicológica del atleta, dando lugar a una reducción del rendimiento y provocando la marginación del atleta. La información clínica indica que las enfermedades psicosomáticas, la ansiedad, la depresión, el abuso de sustancias, las autolesiones y los suicidios son algunas de las graves consecuencias para la salud.

  • La Llamada a la Acción de Windhoek, que realizó la II Conferencia Mundial sobre la Mujer y el Deporte en 1998 habla de la responsabilidad de todas las partes implicadas en el deporte de “asegurar un entorno seguro y de apoyo para las muchachas y mujeres que participan en el deporte a todos los niveles, tomando medidas para eliminar todas las formas de acoso y abuso, violencia y explotación”. Reconociendo el problema del acoso sexual en el deporte, el Parlamento Europeo aprobó en 2005 una resolución que insta:

[...] a los Estados miembros y las federaciones a que adopten medidas destinadas a prevenir y eliminar el acoso y el abuso sexual en el deporte, haciendo aplicar la legislación sobre acoso sexual en el lugar de trabajo, a que informen a las atletas y a sus padres sobre el riesgo de abuso y de los recursos de que disponen, a que den una formación específica al personal de las organizaciones deportivas y a que aseguren el seguimiento penal y disciplinario correspondiente.
(Véase: Parlamento Europeo, Resolución sobre las mujeres y el deporte, párr. 40)

Velar por la implantación de garantías en el contexto de un marco general de apoyo y protección a menores, jóvenes y mujeres, con objeto de proteger del abuso y acoso sexual a los grupos antes mencionados y de impedir la explotación de los menores, en particular de los que muestren aptitudes precoces.

Elementos clave de las leyes contra el acoso sexual en el deporte 

Las leyes sobre acoso sexual deben ampliarse para que sean aplicables a las actividades deportivas, si éstas no están ya incluidas en leyes generales antidiscriminación o en legislación relativa al empleo, la educación o la prestación de bienes y servicios.

Las leyes sobre acoso sexual en el deporte deben basarse en los principios generales de la legislación sobre acoso sexual, y, a la vez, deben tener especialmente en cuenta:

  • Los diversos entornos en los que se encuentran las mujeres y las niñas que participan en actividades deportivas;
  • El hecho de que los responsables del acoso sexual pueden ser entrenadores, otros deportistas u otras partes que prestan apoyo y formación a los deportistas; y
  • La especial dinámica de poder existente entre deportistas y entrenadores.

 

Prevención 

Debido a la dinámica de poder entre deportistas y entrenadores, y al elevado riesgo para muchos deportistas profesionales y estudiantes cuyas actividades deportivas están integradas en muchos otros aspectos de su vida, como el trabajo y los estudios, las organizaciones deportivas deben tomar las siguientes medidas para prevenir y abordar el acoso sexual:

  • Elaborar políticas y procedimientos para la prevención del abuso y el acoso sexual;
  • Elaborar y aplicar códigos éticos y de conducta para los entrenadores, tanto si trabajan con adultos como con niños;
  • Monitorear la aplicación de estos procedimientos y políticas;
  • Evaluar el impacto de estas políticas a la hora de identificar y reducir el abuso y acoso sexual;
  • Ofrecer formación sobre cómo el acoso sexual y las relaciones sexuales pueden influir negativamente en las relaciones entre deportista y entrenador;
  • Crear procedimientos de presentación de denuncias que garanticen la privacidad;
  • Proteger los derechos legales de deportistas y entrenadores y ofrecer protección contra las represalias;
  • Investigar los antecedentes de las personas que soliciten puestos como entrenadores y voluntarios;
  • Promover colaboraciones sólidas con progenitores/cuidadores para la prevención del abuso y acoso sexual;
  • Promover y apoyar la investigación científica sobre estas cuestiones;
  • Fomentar un clima de debate franco sobre las cuestiones del abuso y el acoso sexual, a fin de que los deportistas con problemas adquieran la suficiente seguridad como para hablar de ello; y
  • Siempre que sea posible, desarrollar la autonomía de los deportistas, con medidas como estilos de entrenamiento que les den óptima responsabilidad y autonomía.

(Véase: Women’s Sports Foundation, Postura de la Fundación ante el acoso sexual y las relaciones sexuales entre entrenadores, otro personal atlético y atletas (en inglés); Comité Olímpico Internacional, Declaración de Consenso sobre acoso y abusos sexuales en el deporte; Women Sport International, Información sobre los abusos y el acoso sexual en el deporte (en inglés)) 

PRÁCTICA PROMETEDORA: Países Bajos

La organización nacional del deporte de los Países Bajos ha elaborado una política que se centra en la forma de prevenir y combatir el acoso sexual en el deporte y que incluye un código de conducta para profesionales y voluntarios, además de una línea telefónica directa especializada a la que la gente puede llamar para comunicar casos de acoso sexual en el deporte. Véase: Legislación en los Estados miembros del Consejo de Europa en el campo de la violencia contra las mujeres (en inglés), vol. II, 145, 2002.

 

CASO DE ESTUDIO – Protección específica de menores en el Reino Unido 

En el Reino Unido, una de las mayores organizaciones benéficas cuenta con una unidad especial sobre protección de menores en el deporte. La Unidad de Protección de Menores en el Deporte (en inglés), de la Sociedad Nacional de Prevención de la Crueldad contra los Niños, fue fundada en 2001 para trabajar con los Consejos de Deportes, órganos rectores y otras organizaciones del Reino Unido con el fin de ayudarles a reducir el riesgo de abuso de menores durante las actividades deportivas. Women Sport International, una organización no gubernamental con sede en Estados Unidos que ha creado una unidad especial sobre acoso sexual, también participó en actividades de cabildeo para la creación de esta unidad especial. La organización cuenta con una línea telefónica directa especifica para menores (en inglés) a la que pueden llamar para hablar de sus preocupaciones con respecto al trato que reciben durante las actividades deportivas. El grupo también elabora una serie de recursos para entrenadores, organizaciones deportivas y progenitores que hablan del abuso y acoso sexual y de muchos otros temas relativos a la seguridad.