- Organizaciones de derechos humanos como The Advocates for Human Rights (en inglés), Amnistía Internacional y Human Rights Watch monitorean la aplicación de las leyes sobre violencia contra las mujeres mediante investigaciones e informes sobre la respuesta de los gobiernos a la violencia contra las mujeres y las niñas en países de todo el mundo. Estas organizaciones señalan la prevalencia de un problema y analizan el grado de cumplimiento por parte del gobierno con respecto a las normas internacionales sobre ese tema. Estudian las respuestas de los prestadores de servicios jurídicos, médicos y sociales, determinan si el gobierno ha cumplido con su deber de procesar a los perpetradores de violencia y ofrecer seguridad a las víctimas, y también formulan recomendaciones a los gobiernos y a todas las partes interesadas importantes sobre cuestiones relevantes, como la formación y la asignación de fondos.
- Por ejemplo, The Advocates for Human Rights publicó en 2008 Violencia doméstica en Tayikistán (en inglés). En marzo de 2010, Amnistía Internacional publicó Caso cerrado. Violación sexual y derechos humanos en los países nórdicos: Informe resumido.. En diciembre de 2009, Human Rights Watch publicó El mundo lo ha prometido: Derechos de las mujeres en Afganistán (en inglés).
- Si desean más información sobre informes de estas organizaciones, visiten sus sitios web y realicen una búsqueda en las pestañas Publicaciones o Biblioteca.
Casos de estudios:
Monitoreo de la aplicación de la Ley de Protección frente a la Violencia Doméstica de Bulgaria
En 2008, The Advocates for Human Rights (en inglés) y la Fundación Búlgara para la Investigación sobre Género (en inglés) publicaron Aplicación de la Ley de Protección frente a la Violencia Doméstica de Bulgaria (en inglés). Los supervisores entrevistaron a todos los principales responsables de aplicar la Ley de Protección frente a la Violencia Doméstica (en inglés) de Bulgaria, promulgada en 2005, incluidos funcionarios de ministerios, miembros de la policía, jueces, fiscales, organizaciones de mujeres y medios de comunicación. Además, describieron las políticas formuladas por diversos ministerios del gobierno, y señalaron las deficiencias en la financiación que impedían al Estado cumplir con las obligaciones, como contar con un número suficiente de albergues para las víctimas de violencia doméstica. Los supervisores hallaron que el uso de la orden de protección autorizada por la Ley de Protección frente a la Violencia Doméstica iba en aumento, y que, en general, contaba con el apoyo de la comunidad jurídica búlgara. También apuntaron a los problemas sustantivos y procesales que limitaban la plena aplicación de la Ley, como el breve plazo que tenía la víctima para solicitar una orden de protección (30 días desde el último acto de violencia) (pág. 29), y el hecho de que los jueces no hacían pleno uso de las competencias que les otorgaba la Ley para proteger a la víctima (pág. 34).
El estudio concluyó que, en general, la aplicación de la Ley durante los dos años siguientes a su aprobación había sido positiva, pero que seguían existiendo obstáculos, como la necesidad de modificarla para tipificar como delito los quebrantamientos de las órdenes de protección (esta modificación (en inglés) se aprobó en 2009) y permitir la intervención del ministerio fiscal en las agresiones de grado medio y bajo cuanto existe una relación entre la víctima y el perpetrador. Los supervisores formularon una serie de recomendaciones a todos los principales responsables, en las que se incluían recomendaciones prioritarias al gobierno búlgaro para que, en lo que respecta al tema económico, asumiese un claro compromiso de cumplir los objetivos establecidos en la Ley y ofreciese financiación adecuada y constante a las ONG búlgaras, que prestan numerosos servicios a las víctimas de violencia doméstica (págs. 51-53).
Véase: CASE STUDY: Bulgarian NGOs work to get funding for domestic violence law implementation, in Domestic Violence.
Romper el silencio: Violencia sexual en Camboya
En 2010, Amnistía Internacional (AI) publicó Romper el silencio: Violencia sexual en Camboya, un informe basado en entrevistas con mujeres víctimas de violación, prestadores de servicios, autoridades del gobierno, agentes encargados de hacer cumplir la ley, y abogados de diversas provincias camboyanas. En el informe se pedía al gobierno camboyano que cumpliese con las obligaciones que tenía contraídas en virtud de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño y otros instrumentos internacionales de derechos humanos que Camboya ha ratificado. El informe identifica diversos obstáculos con los que se encuentran las víctimas de violación que buscan justicia, como:
- las normas sociales que subordinan a las mujeres y dan gran importancia a la virginidad femenina;
- la pobreza, que dificulta que las mujeres puedan hacer frente a los costos del transporte a los centros de salud, las comisarías y los juzgados, y reduce su acceso a la justicia debido a que no pueden pagar sobornos a la policía ni a los funcionarios judiciales;
- los retrasos y la falta de rigor de las investigaciones policiales;
- el temor a las represalias por parte del perpetrador, especialmente en los casos de violación de trabajadoras sexuales por parte de agentes de policía;
- la mediación de la policía en acuerdos económicos extrajudiciales entre las familias del perpetrador y la víctima, con la condición de que la víctima retire la denuncia penal;
- la inexistencia de servicios sociales del gobierno para las víctimas de violación;
- la falta de coordinación entre las ONG que proporcionan servicios sociales a las víctimas; y
- la ausencia de servicios para víctimas con discapacidades y necesidades especiales.
El nuevo Código Penal de Camboya, que aclara y amplía la definición de violación y fija una edad mínima de consentimiento, entrará en vigor en 2010. AI recomendó que el gobierno camboyano abordase la insuficiente ejecución de la ley, y que mejorase el acceso de las víctimas de violación a los servicios.
La Ley contra el Femicidio de Guatemala: ¿Un avance contra la impunidad?
En 2009, un año después de la promulgación de la Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer por parte del gobierno de Guatemala, la Comisión de Derechos Humanos de Guatemala (en inglés), una organización sin ánimo de lucro con sede en Washington D.C., Estados Unidos, publicó un informe de monitoreo titulado La Ley contra el Femicidio de Guatemala: ¿Un avance contra la impunidad? (en inglés). La Comisión consideró que la Ley contra el Femicidio “constituye una importante medida para luchar contra la historia de violencia de género e impunidad endémica”, pero que aún tiene que poner freno a la creciente oleada de asesinatos. El informe señala que el gobierno ha avanzado en la aplicación de algunos aspectos de la Ley contra el Femicidio, como la imposición de la primera condena, en febrero de 2009. También considera que la falta de conocimiento de la Ley, la continua tensión social y las insuficientes iniciativas para aplicar la Ley impiden que se produzcan avances importantes en su aplicación. La Comisión afirmó que la violencia debe enmarcarse en el contexto de los derechos humanos de todos los ciudadanos y ciudadanas guatemaltecos, y recomendó que el gobierno de Guatemala mejore la investigación y el procesamiento de los delitos de violencia contra las mujeres, aumente la protección de las víctimas de violencia y de sus hijos, y promueva la formación de la opinión pública y de los profesionales encargados de responder a estos delitos, además de desarrollar un planteamiento coordinado para ayudar a cerrar las heridas de las familias.