- Si en la iniciativa de promoción se va a apelar a una entidad estatal para modificar una ley, política, procedimiento o reglamento actual, las personas responsables de dicha iniciativa deben examinar exhaustivamente la estructura del Estado a fin de comprender el sistema, los procedimientos y las bases de poder que afectarán a la iniciativa. Las diferencias entre los poderes ejecutivo, legislativo y judicial del Estado le afectarán. Las personas participantes en ella deben examinar exhaustivamente el equilibrio de autoridad entre los poderes del Estado y la función asignada a cada uno. Tal examen contribuirá a conformar la estrategia de promoción.
- Por ejemplo, en la iniciativa de promoción de un proyecto de ley contra la violencia doméstica en la República de Armenia, las personas participantes en ella examinaron la forma de gobierno del país (el gobierno parlamentario), el reglamento del Parlamento y las formas habituales y más factibles de presentar legislación, es decir, por medio de parlamentarios o por medio de miembros del poder ejecutivo.
- En algunos países puede ocurrir que no todos los parlamentarios sean elegidos por votación popular, sino que los designe un partido político, en cuyo caso la capacidad de la ciudadanía para influir en ellos puede reducirse. Por otro lado, si las personas participantes en la iniciativa de promoción tienen estrechos vínculos con un determinado partido, quizá puedan hablar de la meta de la iniciativa con los líderes de éste, los cuales podrían, a su vez, pedir a los parlamentarios de su partido que apoyen la meta. El hecho de que los legisladores sean elegidos directa o indirectamente o nombrados por partidos políticos determinará hasta qué punto podrán las ONG influir en el proceso y en qué momento de él podrán intervenir.
Cumplimiento de la legislación nacional, regional e internacional
- Además de conocer la estructura del Estado, las personas participantes en el proceso de promoción deben hacer un examen del cumplimiento por parte del país en cuestión de la legislación nacional, regional e internacional. El cumplimiento o incumplimiento de esta legislación puede aportar excelentes razones en las que basar los argumentos en favor de la meta de promoción propuesta. Por ejemplo, aunque muchos países han firmado la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la MujerConvención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (CEDAW) y pueden haber firmado también un tratado regional para prohibir la violencia contra las mujeres, como la (Convención de Belém do Pará), es posible que no se hayan asegurado de incorporar los principios de estas convenciones a leyes nacionales o locales nuevas o ya existentes.
- Los Estados deben proteger a las mujeres y las niñas que se encuentren en su territorio frente a la violencia, sea cometida ésta por actores estatales o privados. Asimismo, deben cumplir las normas internacionales y proteger a las personas frente a violencia tanto en tiempos de paz como durante conflictos o en la guerra. Véase: Hacer los derechos realidad. Campaña para combatir la violencia contra las mujeres, Amnistía Internacional, página 8, 2004. Los Estados no deben utilizar la cultura como justificación de la violencia contra las mujeres y las niñas.
- Antes de comenzar su trabajo para conseguir el cambio de la legislación sobre la violencia contra las mujeres y las niñas en un país, las personas participantes en el proceso de promoción deben estudiar los documentos jurídicos clave que se indican a continuación, que pueden proporcionar tanto argumentos jurídicos en favor de los cambios propuestos como estrategias de promoción:
- Constitución nacional
- Legislación sobre las elecciones nacionales
- Legislación nacional sobre inmigración y asilo
- Legislación nacional sobre la violencia contra las mujeres y las niñas
- Planes nacionales para abordar la violencia contra las mujeres y las niñas
- Código Penal nacional o local
- Código de Procedimiento Penal nacional o local
- Código Civil nacional o local
- Código Administrativo nacional o local
- Políticas oficiales de la policía, la Fiscalía y los tribunales
- Tratados y acuerdos regionales
- Tratados y acuerdos internacionales
- Derecho internacional de los derechos humanos
- Derecho internacional humanitario
- Las personas participantes en el proceso de promoción deben analizar detenidamente cada una de estas categorías de instrumentos jurídicos y plantear preguntas esenciales sobre la protección de los derechos humanos de las mujeres y las niñas prevista en la legislación existente, para ver en qué medida el gobierno hace valer o niega estos derechos. Pueden considerar varias preguntas importantes que plantear sobre la legislación nacional, el derecho internacional de los derechos humanos, el derecho humanitario internacional, el derecho penal internacional y los tratados regionales de derechos humanos. Véase Hacer los derechos realidad. Campaña para combatir la violencia contra las mujeres, Amnistía Internacional, págs. 8-10, 2004.
- Las personas participantes en el proceso de promoción podrían examinar también la legislación nacional sobre la libertad de acceso a la información, disponible a través de la Red Global de Defensores de la Libertad de Información (en inglés), recurso en línea que tiene páginas de país con enlaces a los apartados pertinentes de la Constitución y la legislación nacional sobre el tema. Véase: Red Global de Defensores de la Libertad de Información (en inglés), 2009.
- Global Rights ha examinado en su Guía de recursos de promoción legislativa: promoción de los derechos humanos en Bosnia y Herzegovina (en inglés) la legislación sobre la libertad de acceso a la información y su capacidad de dar acceso a información oficial necesaria para las iniciativas de promoción. Aunque recomienda que la primera petición sea informal y se haga por medio de los contactos establecidos en el gobierno, las siguientes pueden estar basadas en dicha legislación. Véase: Guía de recursos de promoción legislativa: promoción de los derechos humanos en Bosnia y Herzegovina (en inglés), Global Rights, pág. 43, 2005.
CASO DE ESTUDIO: El asunto Uganda vs. Matovu pone de relieve la importante función de los tribunales a la hora de garantizar que la legislación nacional, incluidos los reglamentos y procedimientos, se ajusta a las obligaciones jurídicas internacionales. En Uganda, una norma de derecho consuetudinario dictaba que, cuando la víctima denunciara que el acusado había cometido un delito sexual contra ella, el tribunal debía reconocer que no era prudente actuar conforme a la prueba sin corroborar de la víctima, por lo que debía realizar una nueva verificación para convencerse de que la víctima era un testigo veraz. En el asunto Uganda vs. Matovu, relativo a un joven acusado de haber "deshonrado" a una mujer, el juez consideró en su sentencia que esta regla de prueba era discriminatoria con las mujeres y estaba basada en el prejuicio de que es probable que las mujeres y las niñas mientan en los casos de violencia sexual. El magistrado reconoció que esta regla era contraria a la obligación de no discriminar contraída por Uganda en virtud de la CEDAW, así como a la garantía constitucional ugandesa de igualdad de protección ante la ley. El acusado fue condenado a 10 años de cárcel. Esta decisión pone de manifiesto la importancia de examinar una amplia variedad de leyes, políticas y reglamentos para comprobar su compatibilidad con el derecho internacional. En particular, asegurarse de que los jueces tienen información exacta sobre cómo pueden las leyes, políticas y reglamentos ser contrarios al derecho internacional es decisivo para proteger a las mujeres frente a la violencia. Véase: Decisiones del Programa de Jurisprudencia de Igualdad (en inglés), Asociación Internacional de Mujeres Jueces (AIMJ), y Herramientas jurídicas para lograr la igualdad de género mediante el derecho internacional (en inglés), Global Justice Center, pág. 18 (2007).