Consideraciones generales

Última editado: December 29, 2011

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  • El entorno tradicionalmente dominado por los hombres que caracteriza a muchas instituciones de seguridad puede traducirse en un conocimiento limitado de las causas y consecuencias de la violencia contra la mujer y de que este tipo de violencia es un abuso de los derechos humanos de conformidad con el derecho internacional y nacional. La policía y las fuerzas armadas tal vez no tengan suficientes conocimientos sobre la legislación, ni sobre su propia función respecto de prevenir y abordar la violencia de género. Muchas veces, se acepta esta violencia como norma a nivel comunitario y de la sociedad en general, y también se observa en las instituciones de seguridad la percepción conexa de que se trata de un asunto familiar y privado. Impartir capacitación al personal de seguridad sobre las cuestiones de género, los derechos de la mujer y la prevención y el trato de la violencia contra ellas es fundamental para crear los conocimientos, las competencias y las capacidades de los agentes individuales y de las dependencias para cumplir con sus compromisos jurídicos y normativos.

  • La capacitación básica sobre cuestiones de género, los derechos de la mujer y la violencia basada en el género debería ser obligatoria para todo el personal de policía y militar, no solo aquellos en dependencias que se ocupan especialmente de la violencia doméstica o sexual. La capacitación sobre los derechos de la mujer, la prevención de la explotación y el abuso y el acoso sexuales debería institucionalizarse en los programas de estudios de las academias de policía y militares, así como en los cursos de desarrollo profesional para el personal en servicio. El personal de todas los rangos debe comprender y poder abordar adecuadamente la cuestión según su función en el sector. Sin la formación adecuada, los oficiales de rango inferior que tratan directamente con las mujeres y las niñas pueden desalentar a las supervivientes de buscar apoyo y no hacer que los responsables rindan cuentas por sus acciones, en tanto los dirigentes pueden pasar por alto prácticas institucionales discriminatorias y otras violaciones. Además, debe impartirse capacitación a los encargados de formular políticas para garantizar que elaboren políticas centradas en las necesidades de las supervivientes y que comprendan plenamente las repercusiones de cualquier medida normativa (Consejo de Europa, 2008).

  • La capacitación debería ser apropiada para el personal en diferentes etapas y niveles. Dada la naturaleza jerárquica de las instituciones de seguridad, podría ser necesario impartir cursos de capacitación separados que utilicen enfoques diferentes y tengan contenidos distintos para personal de diferentes categorías y etapas de su carrera. Por ejemplo, la formación para personal de categoría superior podría centrarse en la gestión general y sus funciones y responsabilidades de supervisión, en tanto que la capacitación para el personal administrativo podría orientarse al registro o la actualización adecuados de datos sobre casos, garantizando la confidencialidad.

  • La capacitación especializada también es importante. El personal de dependencias de protección de la familia, de apoyo a las mujeres y los niños o que brindan respuesta de primera línea e investigan servicios para supervivientes necesitará recibir capacitación a fondo y especializada en una variedad de esferas, incluidos políticas y protocolos operacionales como la gestión de riesgos y los planes de seguridad; protocolos de respuesta a la violencia doméstica, la agresión sexual y otras formas de violencia; protección de las supervivientes; técnicas de entrevista; procedimientos y normas para la reunión de pruebas; prestación de servicios como la anticoncepción de emergencia y la profilaxis después de la exposición (cuando proceda); y remisiones, entre otros elementos de una respuesta integral. Si no hay dependencias de especialistas, debería impartirse capacitación especializada a todo el personal que entre en contacto directo con las supervivientes de la violencia.

  • La estructura y el enfoque de la capacitación debería variar (por ejemplo, ser general o altamente especializada), y debería diseñarse para el personal antes del empleo y en el empleo. Debería estar dirigida a oficiales de diferentes rangos y categorías y constar de múltiples sesiones. Puede impartirse mediante un enfoque gradual, perfeccionando las aptitudes a lo largo del tiempo o como una actividad de capacitación sistemática y periódica o impartirse en una única ocasión. La planificación y la ejecución de la formación deberían realizarse prestando especial atención a las prioridades para mejorar el apoyo a las supervivientes y prevenir la violencia, así como al entorno real en el que operan la policía o las fuerzas armadas. Por ejemplo, para ello podría ser necesario brindar orientación sobre soluciones alternativas destinadas a atender o remitir a las supervivientes a servicios cuando no se dispone de medios de transporte.

  • Debería complementarse la capacitación con reformas del sistema más amplias y con el apoyo a estas. La experiencia ha demostrado que incluso una iniciativa de capacitación satisfactoria en la policía es imposible de sostener si las cuestiones estructurales de la institución y la sociedad en general impiden al personal poner en práctica los nuevos conocimientos y aptitudes adquiridos. Las iniciativas de formación tendrán más éxito cuando se basan en los logros jurídicos y normativos existentes para hacer frente a la violencia de género y contribuyen a lograr adelantos respecto de los cambios sociales e institucionales más amplios necesarios para prestar apoyo a prácticas con las supervivientes que tengan más en cuenta las cuestiones de género.