- Las personas participantes en el proceso de promoción deben también examinar los factores que contribuyen al éxito. Según el Manual para la Facilitación de Procesos de Capacitación para la Incidencia Política, publicado por la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA), el éxito puede verse afectado por factores externos e internos. Los factores externos determinan las oportunidades de éxito de las organizaciones no gubernamentales y las personas en la promoción de cambios en las leyes y las políticas públicas que afectan a las mujeres y las niñas. Entre ellos figuran:
- la apertura democrática y el respeto de los derechos humanos;
- la equidad social, económica y cultural;
- la descentralización de los procesos de toma de decisiones y las instituciones del Estado;
- la independencia, descentralización y accesibilidad de los medios de comunicación, y
- la apertura y transparencia del Estado.
- Los factores internos determinan los intentos de las organizaciones no gubernamentales de provocar cambios en las leyes y políticas públicas que afectan a las mujeres y las niñas, aumentando o reduciendo sus oportunidades de éxito. Entre ellos figuran:
- la existencia de estructuras y procesos democráticos dentro de la organización;
- la capacidad de interactuar constructivamente con el gobierno;
- la disposición a formar coaliciones con otros grupos y el compromiso de hacerlo;
- la sincronización de los esfuerzos a corto, medio y largo plazo por la consecución de una meta final;
- las iniciativas de promoción basadas en la misión;
- el conocimiento del funcionamiento de los poderes judicial, legislativo y ejecutivo del Estado;
- la comprensión en profundidad del contexto político;
- el acceso a la investigación y la información y la capacidad de utilizarlas para dar forma a la toma de decisiones;
- la formación y el fomento de la capacidad de las personas que sean líderes;
- la definición clara y consensuada de las funciones y responsabilidades de las personas y las organizaciones participantes, y
- la existencia de recursos humanos y económicos para alcanzar la meta de la promoción.
(Véase: Manual para la Facilitación de Procesos de Capacitación para la Incidencia Política, Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA), págs. 23-26, 2001)
CASO DE ESTUDIO: En Turquía, el movimiento de mujeres encabezó la campaña en favor de la Ley 4320, sobre la protección de la familia, durante un periodo de 20 años, hasta que, finalmente, se aprobó. Organizaciones como Mujeres por los Derechos Humanos de las Mujeres, la Fundación Refugio para Mujeres Techo Púrpura y la Fundación de Solidaridad de las Mujeres Altindas, entre otras, dirigieron y coordinaron los esfuerzos. Aunque continúa impugnándose su aplicación (véase supra el caso de estudio sobre Opuz vs. Turquía), la aprobación de esta ley, en enero de 1988, supuso un significativo avance en ese momento. Fueron varios los factores que contribuyeron al éxito del movimiento de mujeres, entre ellos:
- la exposición de asunto a la comunidad internacional de derechos humanos,
- la participación en conferencias de la ONU en Pekín y Viena donde se trató la violencia contra las mujeres,
- la posibilidad de ingreso en la Unión Europea y los preparativos para ello,
- la participación de representantes gubernamentales y no gubernamentales,
- la formación de redes con otras organizaciones del movimiento de mujeres, y
- la adquisición de habilidades de promoción y cabildeo.
Según el Dr. Hande Eslen-Ziya, los procesos de ingreso en la Unión Europea (UE) y el Lobby Europeo de Mujeres han tenido significativos efectos para las organizaciones de mujeres de Turquía. Tanto la UE como el Lobby promueven el diálogo con la sociedad civil y el cumplimiento de las normas sobre igualdad de género promulgadas por le UE. El Dr. Eslen-Ziya atribuye también a las normas internaciones de derechos humanos de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y otros tratados de las Naciones Unidas un efecto beneficioso para los procesos de cabildeo de quienes promueven los derechos humanos de las mujeres. Véase: Dra. Hande Eslen-Ziya, “La influencia de la Unión Europea en las redes de grupos de activistas de mujeres: comparación entre Turquía y Grecia” (en inglés), Turkish Policy Quarterly, vol. 6, no. 5, 2007; Barbara L. Rodriguez, Justicia a través de la legislación sobre la violencia doméstica: mejorar la aplicación de la Ley 4320, sobre la protección de la familia, de Turquía (en inglés), Journal of Public and International Affairs (2009), y respuesta de Leyla Pervizat, investigadora independiente en Turquía, febrero de 2010.